Niega INE registro a dos organizaciones para constituirse como Partidos Políticos Nacionales
Ciudad de México, 26 de junio de 2026.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió las solicitudes de registro presentadas por las organizaciones ciudadanas que concluyeron el procedimiento para constituirse como Partidos Políticos Nacionales. Tras un análisis individual, exhaustivo y diferenciado de cada uno de los expedientes, la autoridad electoral negó el registro a dos de las agrupaciones aspirantes.
Como resultado de la revisión, el Consejo General determinó que algunas organizaciones acreditaron el cumplimiento integral de los requisitos establecidos en la Constitución y la Ley General de Partidos Políticos, mientras que otras no alcanzaron el estándar jurídico requerido.
Al fijar su posicionamiento, la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala, subrayó que la decisión del colegiado no respondió a consideraciones de naturaleza política, sino exclusivamente al cumplimiento técnico de las normas previamente establecidas.
“La decisión que hoy adopta este Consejo General no es una valoración de afinidades políticas ni de conveniencia electoral. Es una determinación jurídica sustentada en expedientes, pruebas, verificaciones y reglas conocidas por todas las organizaciones desde el inicio del proceso”, señaló Taddei Zavala.
Los motivos del rechazo técnico
Durante la discusión de los proyectos, la consejera Frida Gómez Puga sostuvo que, a partir de las pruebas contenidas en los expedientes, no era posible acreditar de manera plena el cumplimiento legal de las dos organizaciones rechazadas.
- Primera agrupación (Intervención religiosa): Se detectó la participación activa de ministros de culto (religiosos) en distintas etapas del procedimiento constitutivo. Esta situación invalidó diversas asambleas distritales, impidiendo que alcanzaran el mínimo legal requerido. Asimismo, se reportaron irregularidades en materia de fiscalización que comprometieron la certeza sobre el origen y destino de sus recursos financieros.
- Segunda agrupación (Afiliaciones falsas): En este caso, se acreditaron anomalías severas en la autenticidad de las afiliaciones, sumadas a inconsistencias recurrentes en sus reportes de fiscalización. Según la consejera, la información del expediente impidió afirmar que se respetaran los principios constitucionales de certeza, legalidad y libre afiliación.
Un millón de afiliaciones revisadas
La presidencia del INE destacó que este procedimiento representó uno de los ejercicios de verificación más amplios en la historia reciente de la autoridad electoral, requiriendo la auditoría de cientos de asambleas, los documentos básicos de las agrupaciones, sus informes de gastos y la validación de más de un millón de afiliaciones.
Finalmente, el INE recordó que las organizaciones que no compartan las determinaciones adoptadas por el Consejo General están en su derecho de acudir a las vías jurisdiccionales correspondientes para impugnar las resoluciones ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), instancia competente para emitir una revisión definitiva.
